Bahía Blanca | Buenos Aires | Argentina
sábado, 04 de septiembre de 2010
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PROYECTO DE SOLICITUD DE INFORMES
 
EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SE DIRIGE AL PODER EJECUTIVO PARA QUE A TRAVÉS DEL organismo competente, informe a la brevedad lo siguiente:

1. ¿Si existe, en el ámbito de los Ministerios, Secretarías, Consejos del Gabinete, Entes autárquicos o cualquier otro organismo del gobierno provincial, funcionarios políticos con proceso penal, ya sea correccional o criminal en trámite.

2. En caso afirmativo indique:

a)     Cuáles son los hechos o conductas investigadas que motivan la existencia de dichas causas penales.
b)     Cuáles fueron las medidas adoptadas por las autoridades de el/los organismos involucrados.
c)      Si las áreas en que se hubiera detectado la situación de marras han informado, en tiempo y forma, la existencia de eventuales procesos penales pendientes relacionados con personal que desempeña tareas en las mismas.
d)     Si el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Órgano administrativo competente ha previsto mecanismos legales a fin de separar transitoriamente y mientras dure el proceso, al Personal investigado en los referidos procesos penales.
e)     Sírvase indicar cualquier otra información que estime útil.

Tu opinión aporta al cambio 


 
 
FUNDAMENTOS

Si bien la ley 11758 (“Sistema provincial de la profesión administrativa”) establece, entre otras disposiciones, que no podrán ingresar a la administración provincial aquellas personas que tengan “…proceso penal pendiente o haya sido condenado en causa criminal por hecho doloso de naturaleza infamante, salvo rehabilitación..”, dicha norma exceptúa de la misma a Ministros Secretarios de Estado, Asesor General de Gobierno, Secretarios de la Gobernación, Fiscal de Estado Adjunto, Subsecretarios, Asesor Ejecutivo de la Asesoría General de Gobierno, Escribano General de Gobierno, Escribano Adscripto Superior y Jefes y Subjefes de Policía y del Servicio Penitenciario, Funcionarios para cuyo nombramiento y/o remoción la Constitución y leyes fijen procedimientos determinados y al Personal amparado por regímenes especiales.

Está claro que tal situación merece ser analizada y revisada por cuanto, quienes se encuentran responsabilizados de las más altas jerarquías de la administración pública provincial, no pueden hallarse a resguardo de disposiciones atendibles y razonables como las que contiene la ley que nos ocupa. Por tal situación es que se solicita, hasta tanto se salven las deficiencias mencionadas, se informe sobre la posible existencia, en el ámbito de los Ministerios, Secretarías, Consejos del Gabinete, Entes autárquicos o cualquier otro organismo del gobierno provincial, de funcionarios políticos con proceso penal, ya sea correccional o criminal en trámite.

Dirigido a funcionarios y legisladores, miembros de equipos técnicos de gobierno y/o partidarios, interesados en general.
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